Bienvenidos al blog sobre la Ley Orgánica de Protección de Datos

Bienvenidos al blog sobre la Ley Orgánica de Protección de Datos, en él iremos poco a poco incluyendo noticias de interés surgidas sobre la normativa para ir comentándolas y resolviendo las dudas que pudieran surgir al lector

martes, 22 de junio de 2010

I.U. de Cijuela pide la dimisión del concejal de formación y empleo, Samuel Peña (PSOE)

El Director de la Agencia Española de Protección de Datos, con fecha 24 de mayo de 2010, ha dictado Resolución definitiva R/01166/2010, del procedimiento seguido contra el Ayuntamiento de Cijuela, por haber infringido el artículo 10 de La ley Orgánica de protección de datos (LOPD), tipificada como una falta grave, y otra leve, por incumplimiento de obligación del deber de guardar secreto profesional sobre datos de carácter personal de vecinos del municipio, que han sido tratados y no custodiados debidamente según la citada Ley, en éste caso por el responsable y encargado del fichero y de su tratamiento, el concejal de Formación y Empleo Samuel Peña Asensio.



En la Resolución definitiva dictada, el Director de la Agencia de Protección de datos, entre otros, hace un requerimiento al Ayuntamiento de Cijuela, para que en el periodo de un mes adopte las medidas de orden interno que impidan que en el futuro pueda producirse una nueva infracción del artículo 10 de la LOPD, además de dar traslado de la resolución dictada, al Defensor del Pueblo, de conformidad con lo establecido en el artículo 46.4 de la LOPD.



Ante esta “imprudencia” cometida por el mencionado concejal y declarada por la Agencia Española de Protección de Datos como Infracción de Administraciones Públicas, el Grupo Municipal de I.
Uha solicitado información sobre las medidas de orden interno adoptadas por esa alcaldía para impedir en lo sucesivo el incumplimiento del deber del secreto profesional de los datos tratados por el Ayuntamiento. Medidas correccionales adoptadas hacia la persona responsable de dicha ligereza, “que no solo ha cometido una falta grave y otra leve por incumplimiento del deber, sino que además ha puesto en entredicho y dañado la imagen de nuestra Administración municipal, ante la Agencia Española de Protección de Datos, ante el Defensor del Pueblo y ante la población de Cijuela, así como la merma de confianza y autoridad que debe caracterizar y prevalecer en toda Institución Pública”. Han declarado desde el grupo municipal de Izquierda Unida.



Por último y como resultado de la falta grave, IU ha solicitado que le sea retirada la delegación de la Concejalía de Formación y Empleo, así como su dimisión de concejal, como responsable de haber infringido la legislación vigente, el deber de sigilo y protección de derechos fundamentales, como la intimidad o el derecho a la protección que recoge el artículo 18.4 de la Constitución Española.

Fuente: Teleprensa
Fecha: 22/06/2010

sábado, 19 de junio de 2010

La videovigilancia se dispara en pocos meses para blindar casas y comercios

Las tiendas graban a sus clientes, los restaurantes a sus comensales y los edificios a sus vecinos. Cada paso que da el ciudadano queda registrado en miles de cámaras de videovigilancia repartidas por toda la provincia. Tratan de garantizar la seguridad de establecimientos, mercancías y usuarios, pero lo más llamativo es su vertiginoso ascenso. En sólo cinco meses, se han instalado 476 nuevas cámaras, es decir, su presencia ha aumentado un 28%. La intimidad queda relegada a un segundo plano en beneficio de una mayor tranquilidad para los malagueños.
Su uso es imparable, tanto las de titularidad privada como las de organismos e instituciones públicas. En enero de 2010, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) tenía registrados 1.702 archivos de videovigilancia, que a fecha del 31 de mayo han ascendido hasta los 2.178 - 27 de titularidad pública-. Con estos datos, Málaga se sitúa como la tercera provincia española con más cámaras de seguridad, tras Madrid y Barcelona. Respecto a Andalucía, casi duplica en número a la segunda, Sevilla.
La mayoría de las cámaras se concentran en los comercios, alrededor de una quinta parte. Tras ellos, empresas de turismo y hostelería, comunidades de propietarios, sanidad e industria química y farmacéutica. El presidente de la Federación de Comercio de Málaga (Fecoma), Enrique Gil, achaca la tendencia de los malagueños a poner pequeños observadores en sus establecimientos a las subvenciones concedidas para este fin y no tanto a un incremento de robos y delincuencia.
Subvenciones
Fecoma, que aglutina a más de siete mil negocios de la provincia, impulsó un acuerdo con la Asociación Malagueña de Empresas de Seguridad para abaratar los costes de asesoramiento y prestación de servicios técnicos alusivos a la seguridad. Asimismo, la Junta de Andalucía les subvenciona hasta el 50% de la instalación de sistemas de seguridad. «Muchos comercios se han aprovechado de este incentivo. Es un sistema que necesitábamos desde hace años, pero que tenía un coste muy alto», explica Gil.
De media, un sistema que ofrezca las suficientes garantías de fiabilidad puede rondar los cinco mil euros. A cambio, puede ser la clave que disuada a los ladrones. «Sirve para controlar un poco los pequeños hurtos y estar prevenidos por si estas personas vuelven», asegura la encargada de una tienda de complementos de la calle Especerías, en el centro de la capital. Otras veces, las cámaras no sólo vigilan a clientes con posibles malas intenciones, sino que captan la actividad de sus empleados y las relaciones que mantienen con las cajas registradoras.
Pero no sólo en los establecimientos comerciales se teme por los intrusos. Las comunidades de vecinos optan cada vez más por incluir en la factura común los gastos por registrar imágenes de los accesos a las zonas comunes y a sus aparcamientos. Bajar en bata y zapatillas a tirar la basura ya no es tan íntimo como antaño.
La liberalización del sector también ha contribuido a su puesta de moda. Hasta diciembre, era imprescindible que la captación de imágenes estuviera contratada con empresas acreditadas ante el Ministerio del Interior, pero la 'Ley Ómnibus', suprimió estas exigencias. En la actualidad, puede instalarlas cualquiera, siempre que no implique una conexión con centrales de alarma, se inscriba en la AEPD y se implanten otras medidas de seguridad.

Fuente: Diario Sur
Fecha: 16/06/2010

Un policía y el padre de un menor, imputados por revelar datos policiales al director de un colegio

El padre del menor que facilitó los datos policiales del novio de su ex mujer se encuentra imputado y a la espera de juicio así como el policía que filtró los datos, que también ha sido imputado en el caso. Para el progenitor del niño, el fiscal solicita una pena de dos años de prisión y multa de quince meses a razón de diez euros diarios. La acusación particular pide cuatro años de prisión por descubrimiento de secretos y otros cinco por un presunto delito de revelación de secretos.
Los hechos tienen su origen en septiembre de 2008 cuando el acusado, A. L. A., padre del menor, se personó en el colegio La Olla de Altea donde cursaba estudios su hijo. En el centro entregó al director del mismo una ficha policial del novio de su ex mujer con el fin de que el menor no fuera recogido a la salida de la jornada escolar por esta persona. Al tener conocimiento el novio de la ex mujer, éste presentó una denuncia y el padre del pequeño fue detenido durante unas horas ese mismo día. Según el fiscal, los hechos son constitutivos de un delito de revelación de secretos. La acusación particular relata los mismos hechos en su escrito de acusación, aunque eleva la pena solicitada a nueve años de prisión.
A resultas de aquello se inició una investigación y se determinó que los datos facilitados procedían del Cuerpo Nacional de Policía. Las pesquisas de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), de Asuntos Internos y del Juzgado número 5 de Benidorm dieron como resultado la imputación asimismo del policía, si bien en un principio Asuntos Internos no pudo determinar la autoría del agente que había filtrado los datos.

Sanción y acciones civiles
Tras los hechos, la AEPD sancionó a la Dirección General de la Policía y Guardia Civil por una falta que tipificó como muy grave dado que la información provenía de sus archivos secretos. En este sentido el abogado que representa a los demandantes, -la mujer y su actual pareja- Francisco González, ha iniciado las oportunas acciones civiles contra los responsables de la filtración de los citados documentos.
De momento, y antes de que se produzca el juicio -que ya ha sido aplazado en una ocasión- otros dos policías más se encuentran expedientados y la lista podría incrementarse por cuanto Asuntos Internos ha llegado a interrogar a 24 policías hasta el 16 de mayo de 2009. "De todo esto tienen conocimiento en la Comisaría de Benidorm, aunque el comisario no tiene nada que ver en el asunto" señaló A. V. que agradeció la disposición del máximo responsable policial de Benidorm.

Cartas a organismos
Mientras el asunto sigue a la espera de la celebración del juicio, la mujer ya ha escrito varias cartas a organismos y administraciones en las que expone su situación a raíz de estos hechos, que le han llevado a incrementar las medidas de seguridad en su domicilio y con ella misma y su pareja. En una carta remitida al delegado del Gobierno en la Comunidad, la mujer resalta que lo importante del caso es que un policía nacional hubiera facilitado datos sobre su pareja para que su ex marido pudiera acosarla. La mujer recuerda en su escrito que ha interpuesto "alrededor de 25 denuncias" contra su ex marido. Su pareja, A. V., relató que A. L. A. -el ex marido- tenía una orden de alejamiento desde el año 2006 que le fue retirada en 2008. "Pero volvió a reincidir al poco tiempo y se la volvieron a poner" afirmó. La pareja acusa a A. L. A. de haberse comprado un chalet en la misma urbanización en la que residen con una distancia de casa a casa de 830 metros. "Pero sólo hay una entrada y salida y pasa todos los días insultando y amenazando" precisó. De igual modo, ambos indican que el acusado habría estado en contacto con sicarios de Portugal para "ir a por nosotros" pero desistió al ser descubierto. Las denuncias interpuestas contra A. L. A. van desde impagos de la pensión alimenticia, insultos, amenazas e incluso intervención de las comunicaciones.
En el documento que la mujer envió al delegado del Gobierno recalca que "no se puede estar todos los días en la prensa diciendo lo bien que va la lucha contra el maltrato, contar espectaculares operaciones policiales, decir la ministra que todas las cifras son positivas y que luego pase esto". La mujer afirma asimismo que ha rechazado en varias ocasiones acudir a las televisiones a contar su historia por su convencimiento de que "la Policía, como institución está muy por encima" y que por ello "limpiarán la mierda que hay en su casa".

Fuente: Informacion
Fecha: 17/06/2010

Multan a una discoteca por instalar videovigilancia sin comunicarlo

La empresa propietaria de una discoteca de Santiago ha tenido que hacer frente a una sanción impuesta por la Agencia Española de Protección de Datos en relación con la instalación de cámaras de videovigilancia en el interior del local.

En una resolución fechada el pasado mes de diciembre, la Agencia estatal condenó a la empresa Areoso y Ozores SC, titular de la discoteca Yacaré de la calle Santiago de Chile, a pagar una doble sanción que alcanzaba los 4.500 euros. Finalmente, y según confirmó Jorge Ozores, copropietario de la sala del Ensanche, la multa se quedó en 2.000.

En su resolución, la Agencia Española de Protección de Datos impuso a Areoso y Ozores SC, «por una infracción del artículo 6 de la Ley Orgánica de Protección de Datos, tipificada como grave en el artículo 44.3.d de dicha norma, una multa de 2.500 euros», así como otra de 2.000 euros por una infracción del artículo veintiséis de la misma norma.

El expediente se abrió a instancias de una abogada de Santiago que, en representación de un cliente, informó a la Agencia de que la discoteca Yacaré poseía un sistema de vigilancia, por medio de circuito cerrado de cámaras, que graban durante el horario de apertura las incidencias que pueden acometerse en dicho establecimiento». La denunciante también señalaba que no se había informado de la existencia del sistema de videovigilancia, «ya que carece de cartel informativo».

Jorge Ozores explicó que la instalación de las cámaras se contrató con la empresa Krathos Technologies, -así lo confirma también la Agencia- y que todas las cámaras están en el interior del local, con la finalidad de controlar la actividad durante su funcionamiento y evitar tanto el consumo y tráfico de estupefacientes como la existencia de peleas dentro del local.

El copropietario de la sala dice que el problema se produjo porque, al parecer, la empresa instaladora no inscribió el correspondiente fichero de videovigilancia en la Agencia de Protección de Datos. Para la entidad sancionadora, sin embargo, Krathos es un tercero y las responsabilidades que puedan deducirse son de la empresa que contrató la instalación que, de hecho, es la que ha tenido que abonar la multa por no registrar los ficheros.

La Agencia pudo comprobar que el sistema instalado es cerrado y que no está conectado a ninguna central de vigilancia externa ni alarma. También constató que en el local se instalaron carteles informativos repartidos por todo el loca, incluyendo uno en la puerta de entrada. También se considera probado que se trata de un sistema autónomo que destruye automáticamente y de forma cíclica las imágenes, por lo que no existe un archivo. La Agencia consideró que los propietarios de la discoteca incurrieron en infracción grave, ya que el consentimiento para el tratamiento de los datos personales «es un principio básico del derecho fundamental a la protección de datos».

Fuente: La Voz de Galicia
Fecha: 16/06/2010

miércoles, 16 de junio de 2010

Facua lleva a Google ante la Audiencia Nacional por Street View

La organización de consumidores Facua ha denunciado a Google ante la Fiscalía de la Audiencia Nacional por espiar a los usuarios de redes wi-fi durante la toma de datos para su servicio Street View. Facua considera que la máxima sanción que podría aplicar la Agencia Española de Protección de Datos resulta ridícula. La denuncia busca establecer si la empresa ha cometido un delito contra la intimidad al recopilar datos de las redes no cifradas que detectaban sus coches. La organización no acepta las explicaciones de Google, según las cuales este episodio fue causado por un error y reclama que se aclaren "los objetivos de esta inquietante toma de datos y depuren responsabilidades".

La noticia en otros webs

* webs en español
* en otros idiomas

La iniciativa de la organización se basa en el artículo 197 del Código Penal según el cual: "El que, para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad del otro, sin su consentimiento (...) intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación, será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses".

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) anunció el 19 de mayo la apertura de una investigación. La máxima sanción que podría imponer la agencia es una multa de 600.000 euros, cifra que Facua considera "ridícula".

La semana pasada, la Asociación para la Prevención y Estudio de Delitos, Abusos y Negligencias en Informática y Comunicaciones Avanzadas (Apedanica) ya presentó una denuncia contra Google por los mismos motivos en el Juzgado de Guardia de Madrid.

Google se ha comprometido a entregar a la Agencia de Protección de Datos española los datos recopilados por sus coches en sus rutas por este país. La recolecta de datos de redes privadas wi-fi por parte de sus coches fue denunciada inicialmente por Alemania. Google, tras una investigación interna, admitió lo sucedido pero lo atribuyó a un error involuntario. Inicialmente propuso destruir los datos recogidos ante testigos, pero algunos países, como Alemania, reclamaron antes conocerlos para poder evaluar exactamente qué tipo de información había cosechado.

Fuente: El Pais
Fecha: 15/06/2010

Siete razones para dejar Facebook

a red social Facebook se ha convertido para millones de personas en algo tan necesario como el café con leche de por la mañanas, o el cigarro después de comer. Necesario... ¿O quizás adictivo?

Sea como fuere, la web más visitada del mundo no está exenta de polémica. El pasado 31 de mayo, se organizó contra ella un boicot que obtuvo escaso seguimiento.

Como ya contamos, el principal motivo de esa sublevación era los continuos cambios en la política de privacidad de la red social. Pero no hay que esperar a una "cibermanifestación" para borrarse de Facebook. Hay razones para hacerlo en cualquier momento, y como muestra, aportamos unas cuantas:

1.- Privacidad. El talón de Aquiles de este gigante social. Continuamente hay cambios en este parámetro, lo que hace pensar que Facebook mercadea con nuestros datos. ¿Por qué hace 5 años era tan fácil poner que "sólo mis amigos" pueden ver mi información, y ahora no?

2.- Lo "nuestro" ya no es nuestro, es de "Ellos". En Facebook, tenemos la false sensación de que todas las imágenes y comentarios que ponemos son nuestros, como si estuviéramos decorando nuestro propio salón con ellos. Mentira. Todos estos datos pueden ser usados por "aplicaciones de terceros" para publicitar juegos, tests...

Incluso, si decidimos borrarnos, nuestros datos o imágenes podrían en las copias de seguridad de alguna de estas empresas que comercializan aplicaciones para Facebook. Así que, hay que pensárselo dos veces antes de responder a los test tipo "¿Qué clase de amante eres?" porque nuestra foto de perfil puede quedar vinculada para toda la vida al resultado "Pésimo".

3. Ley del salvaje oeste. Como en la época dorada de los vaqueros, la ley en Facebook depende de en qué territorio estemos. Si ponemos un comentario en un perfil que tenga una configuración diferente a la nuestra, todo el mundo lo podrá ver, aunque nosotros hayamos puesto en nuestra configuración de privacidad "Sólo para mis amigos".

4. Datos Bancarios. Un tema peliagudo. Si realizamos un pago a través de Facebook, por ejemplo, en los famosos "regalos de cumpleaños" nuestros datos quedarán almacenados en los servidores de Facebook.

Se puede cambiar la opción de "almacenar datos de pago" pero... ¿No sería conveniente que esa opción fuese la predeterminada, y que ingresásemos nuestros datos de pago cada vez que quisiéramos comprar algo? iTunes, la tienda virtual de música de Apple funciona igual, pero por lo menos siempre nos pide una contraseña cada vez que queremos comprar algo.

5. ¿Amigos o enemigos? Si se nos ocurre etiquetar en una foto en la que salimos nosotros, a un amigo, y este permite el acceso a terceros, esa foto puede ser utilizada para publicidad o ser impresa sin nuestro consentimiento. Aunque nuestra configuración de privacidad hayamos elegido que no sea así.

Es decir, al igual que en la razón de la "Ley del salvaje oeste" la configuración de nuestro amigo prima sobre la nuestra, dependiendo de los intereses espurios de terceros.

6. Motores de búsqueda indiscretos. Por defecto, Facebook permite que las principales webs de búsqueda nos encuentren. Simplemente hay que teclear nuestro nombre en ellos, y apareceremos en los resultados de búsqueda. Esta opción se puede cambiar para no aparecer.

Pero si, por ejemplo, nos hacemos seguidores (lo que antes se llamaba "hacerse fan") de un equipo de fútbol, nuestro nombre aparecerá en los resultados de búsqueda en esa página de fans.

7. Vivos después de muertos. O la también llamada paradoja zombi. Si decidimos borrarnos definitivamente de Facebook, la página se reserva el derecho de borrar todos nuestros datos de sus servidores en 90 días. Algo bastante difícil de comprobar.

Fuente: Yahoo Finanzas

Prohíben la difusión de algunas fotos de George Clooney

La decisión responde a la reclamación presentada por la abogada Maria Grazia Mantelli, en representación de Clooney, ante unas imágenes publicadas por las revistas "Novella 2000" y "Chi" en agosto pasado y reproducidas por la web del diario "Corriere della Sera".

En uno de esos reportajes fotográficos se podía ver a Clooney y a Canalis (cuya relación entonces no estaba confirmada oficialmente) acercándose amorosamente en el jardín de la propiedad del actor, llamada "Villa Oleandra" y situada en el entorno del Lago de Como (norte), y fundiéndose en un abrazo cerca de una piscina.

Según explica el dictamen del Garante de la Privacidad italiano, que no habla de ningún resarcimiento económico, la abogada del actor estadounidense defendía que las tomas fueron realizadas de un modo abusivo y en "violación de normas establecidas para la tutela de la persona y del domicilio".

Por su parte, los abogados de los medios de comunicación, en las que aparecía también el marido de la ex modelo Cindy Crawford, Rande Gerber, sostenían que las imágenes fueron tomadas en lugares públicos, abiertos al público o "visibles sin el uso de técnicas invasoras".

El Garante de la Privacidad de Italia estima ilícitas algunas de esas fotografías porque han sido tomadas en zonas rodeadas por un seto alto o por una tapia que impiden a los transeúntes la vista del interior, por lo que, cree, se viola la intimidad y reserva que se quiere crear con tales obstáculos visuales.

Sin embargo, las imágenes en las que se pueden ver a la pareja en la escalinata de acceso a la villa o a Canalis asomada al balcón son totalmente lícitas por haber sido tomadas en lugares públicos o abiertos al público.

Fuente: RCNradio
Fecha: 15/06/2010