Hace unos días la concejala de Hacienda y Personal del Ayuntamiento Teresa González calificaba como “histórica e importante” la aprobación inicial de la Ordenanza de creación, modificación y supresión de Ficheros de Carácter Personal. El Partido Popular que ya se abstuvo en la aprobación inicial ante la sospecha de una nueva improvisación por parte del gobierno municipal, hubiera aceptado la medida como positiva si la acción se hubiera fraguado en el ámbito de avanzar y no en el de rectificar, como acostumbra el gobierno tripartito.
El tiempo, una vez más, ha dado la razón a los populares cosladeños y ha confirmado sus sospechas al llegar a su poder una Resolución de Procedimiento de Infracción de Administraciones de la Agencia de Protección de datos de la Comunidad de Madrid por el cual se declara que el Ayuntamiento de Coslada ha vulnerado lo previsto en el artículo 20 de la LOPD, incurriendo de esta manera en una sanción grave.
La denuncia tiene su génesis cuando un comerciante de Coslada tuvo un percance con un cliente en su establecimiento. Al local acudieron dos agentes la Policía Local a solicitud del cliente y presuntamente en un clima de coacciones y amenazas, la dependienta facilitó los datos personales y del empresario a los policías, y éstos sin dar cumplimiento a las obligaciones previstas en la LOPD, supuestamente proporcionaron los datos personales de la empleada y el gerente del establecimiento a terceras personas sin su consentimiento.
Tras un cruce de denuncias y requerimientos, en donde el empresario expresa su deseo cancelar sus datos, ya que tras varios intentos por comprobar su inscripción en un fichero relacionado con la Policía Local de Coslada, y descubrir que no existía, se ha Resuelto por fin la causa a favor del empresario, ya que la actuación de los policías vulnera el artículo 12 del Real Decreto 172/2007 al no solicitar su consentimiento en la cesión de sus datos a OMIC, al Juzgado, a Urbanismo de Coslada y al consumidor.
A raíz de este suceso, es decir a la fecha de inicio de Procedimiento de Infracción de la Administración Publica se comprueba que no constaba en el Registro de Ficheros de Datos de Carácter Personal de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, ninguno de Datos Personales relacionado en la actividad desarrollada por la Policía Local del Ayuntamiento de Coslada, teniendo el Consistorio, que crear inicialmente la Ordenanza de Creación, Modificación y Supresión de Ficheros que contengan datos de Carácter Personal, entre los que se encuentra el denominado Fichero de Gestión de Actividades Policiales.
“Lo más indignante es el ya insufrible proceder de un Alcalde que solo se acuerda de Santa Bárbara cuando truena y que cuando se vanagloria de algo es porque se aflige de algún nefasto acontecimiento, como pasó en referencia a los colectores. Viveros, antes de las inundaciones que ocasionaron en Coslada importantes daños personales y materiales no había ordenado limpiar las alcantarillas, al igual que tampoco echa la sal suficiente hasta el quinto día de nevadas”, señaló el presidente de los populares cosladeños, Raúl López.
Para finalizar, “ha tenido que incurrir en el seno del Ayuntamiento un presunto delito de vulnerabilidad de Datos de Carácter Personal a un empresario del municipio para llevar adelante la iniciativa de la creación de la Ordenanza, en un ambiente taimado para disimular que la Policía Local de Coslada no disponía de un fichero de Datos, lo exponen con carácter presuroso antes de que este vecino que ha denunciado al Consistorio traslade a los medios la sentencia a su favor”, indicó López.
Fuente: Estedemadrid
Fecha: 23/09/2010
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