Bienvenidos al blog sobre la Ley Orgánica de Protección de Datos

Bienvenidos al blog sobre la Ley Orgánica de Protección de Datos, en él iremos poco a poco incluyendo noticias de interés surgidas sobre la normativa para ir comentándolas y resolviendo las dudas que pudieran surgir al lector

miércoles, 22 de febrero de 2012

MULTA LOPD A CORREDURIA DE SEGUROS

La Nueva España, publicaba hace unos días la sentencia de Supremo por el que condenaban a una correduría a pagar 60.000 € en lugar de 300.000 €.

Los hechos se remontan al 2002, lo típico de que una compañía rompe relaciones con una correduría y está traspasa las pólizas a otra, por lo que parece en este caso sin el consentimiento expreso de una clienta que quería quedarse en la compañía original.

En defensa de la correduría hay que reconocer que en 2002, la LOPD todavía era poco o nada conocida y sus consecuencias e implicaciones menos todavía. Desde entonces ya son muchos los casos que se han dado y creo poder asegurar que la inmensa mayoría de las corredurías se lo piensan dos veces antes de cambiar a un cliente de compañía sin su consentimiento.

Sin ser su objetivo, está ley se ha convertido en uno de los mejores aliados de las compañías para evitar los cambios masivos de carteras. Ciertamente el cliente es “nuestro”, somos nosotros los que le asesoramos y le recomendamos un producto de una compañía determinada. Sin embargo las cosas evolucionan, el producto se puede quedar desfasado, la compañía puede sufrir fusiones y adquisiciones, puede deteriorarse el servicio y la correduría legítimamente y a favor de sus clientes querría cambiar a sus clientes hacía otra.

Sin embargo, la obligación de recabar el consentimiento expreso de todos y cada uno de los clientes, en ocasiones se convierte en una labor tan titánica, que se hace imposible. Por lo que a la vez, incumplimos otra de nuestras obligaciones, que es la de estar atentos a la mejor opción posible para nuestros clientes.

Ciertamente, en el pasado se han cometido abusos y ha habido bandazos de carteras por razones no tan nobles, como el pago de una sobre comisión (ahora prohibidas) en una compañía sobre otra.

El resultado es que estamos en una pescadilla que se muerde la cola, si cambiamos nos arriesgamos a multas millonarias y si no lo hacemos, nos arriesgamos a perder al cliente por mal servicio.

Fuente: alainpuyo
Fecha: 17/01/2012

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